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Promoción de las empresas de tecnologías de la información y las comunicaciones Artículo 18 bis Ciudad Autónoma de Buenos Aires


Promoción de las empresas de tecnologías de la información y las comunicaciones Ciudad de Buenos Aires
Artículo 18 bis.

Los sujetos inscriptos en el Registro de Empresas TIC que se hallen comprendidos en la categoría de Generadores Especiales de Residuos Sólidos Urbanos definidos en el Capítulo IV de la Ley N° 1.854, se encuentran exentos de pago de las obligaciones tributarias derivadas de dicha categorización, por el plazo establecido en el artículo 15, sin que ello implique excepción alguna de observancia en sus obligaciones ambientales normativamente establecidas.



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La posesión a título de dueño por 20 años esta reconocida en nuestro derecho como uno de los modos de adquirir el dominio. Deben acreditarse al menos 20 años de posesión, pago de impuestos, servicios, obras, testigos ademas es necesario hacer un plano de mensura para información posesoria e iniciar el juicio de usucapion



Las lamparitas se queman muy de vez en cuando pero siempre sin aviso. Por eso es recomendable llevar lámparas de repuesto en la guantera. Mi pregunta es, cuando se quema una lamparita de luz baja y me para la policía y SÍ tengo lamparita de repuesto, ¿corresponde que me pongan la multa? ¿Hay un límite de tiempo para que coloque la lamparita nueva? ¿Puedo llamar a alguien que me ayude a colocarla si no tengo la fuerza o la destreza para hacerlo?



pido aclaratoria a lo siguiente: un terreno que tiene dueño desde hace 40 años, pero sus ancestros no dejaron ningún titulo ni boleto de compraventa, por lo tanto no se encuentra inscripto en registro de la propiedad, se considera del estado? gracias




buenos días, consulto el delito de incumplimiento de los deberes de funcionarios públicos admite el tipo doloso y culposo ?



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